FANECA

lunes, 29 de marzo de 2010

El doctorado en España (y II). Por Miguel Díaz y García Conlledo

En la primera parte de estas reflexiones intentaba poner de manifiesto que la actual situación del doctorado en España no es en absoluto satisfactoria y que urge realizar cambios. Me he centrado deliberadamente sobre todo en la tesis doctoral, que es el punto central del doctorado, aunque habría mucho que decir de los programas de doctorado (los de periodo de docencia y de investigación o los nuevos con el requisito de créditos de máster o másteres), incluso de los que han tenido mención de calidad, de las suficiencias investigadoras y del DEA (Certificado-Diploma de Estudios Avanzados), de la exigencia interna y del reconocimiento externo del periodo previo a la elaboración de la tesis doctoral.
Los cambios deben ser principalmente de actitud (de los doctorandos, pero, sobre todo, de quienes dirigimos tesis doctorales y formamos parte de tribunales de tesis), pero pueden ser ayudados normativamente.
El tribunal debería ser necesariamente un tribunal de expertos; en cuanto a su elección, caben diversos sistemas: desde del sorteo puro y duro entre doctores del área, que no garantiza casi nada, hasta la elección por un órgano claramente independiente del director y el doctorando entre una bolsa pública de expertos cualificados por sus méritos objetivos, especialmente en temas relacionados con el de la tesis (deben caber, naturalmente, recusaciones fundadas), pasando por posibilidades intermedias, como, por ejemplo, que la Universidad elija entre un número mayor de expertos previamente seleccionado por un órgano externo.
Se debe hacer uso de las diversas calificaciones que permite la normativa vigente, reservando las más altas para tesis sobresalientes o excelentes (que, lógicamente, serán las menos, como pasa en los exámenes), sin que deba resultar infamante ninguna calificación (¡menos aún un notable!) y sin que la calificación resulte ser la que de por vida lleve el nuevo Doctor en su andadura académica posterior (no debe ser estigmatizante).
Ha de recuperarse el valor académico (más allá de la posibilidad de acceso a plazas de profesorado) de la realización de la tesis, y, desde luego, debe promoverse el reconocimiento profesional y social de ella. A menudo, el haber dedicado cinco años a la tesis doctoral con una alta especialización académica supone, en Derecho (es verdad que no en otras disciplinas), una rémora para el nuevo Doctor si no va a permanecer en la Universidad y especialmente si va a ejercer su profesión fuera de la Administración. Y la sociedad debe reconocer el valor del título de Doctor, pero, para ello, habrá de explicársele por qué resulta especialmente meritorio.
Estos cambios no se han producido hasta hoy (no siempre, como queda dicho, por culpa de la regulación del doctorado, sino por la actitud de quienes formamos parte del sistema) y puede hablarse de fracaso. Y no será porque no ha habido mutaciones normativas: si no cuento mal (que puede ser), en relativamente pocos años ha habido tres regulaciones de los estudios de doctorado, la última muy reciente y todavía en periodo de implantación (y se supone que adecuada al tan traído y llevado Espacio Europeo de Educación Superior –Bolonia- y a las exigencias del momento actual).
Pues bien, ¡en eso llegó Fidel … digo el Ministerio de Educación! En el último Consejo de Gobierno de mi Universidad, el Rector nos contó que el Ministerio no ve que las cosas de la formación universitaria estén del todo bien diseñadas (pese a que el diseño es bien reciente: a eso se le llama tener ideas claras en la política universitaria) y una de las que hay que cambiar es el doctorado. Yo (sin duda porque soy un cenizo sin optimismo, tirando a mayor y bastante carrozón y cerrado a la innovación, no porque haya pruebas de que el nivel de la Universidad vaya bajando en picado, claro) me eché las manos a la cabeza, porque pienso que todas las reformas que se proponen son siempre para empeorar las cosas. Pero inmediatamente me reprendí a mí mismo (todo esto por dentro, con pocos gestos externos, que estábamos en el corazón del alma mater, ese órgano sin el cual la Universidad no podría vivir, de tanta enjundia suelen ser sus debates), diciéndome: “Pero, hombre, Miguel, ¿no estás gruñendo siempre porque el doctorado es un cachondeo? Espera y escucha, que a lo mejor ésta es la buena”. Lo que oí resumidamente de mi Rector (al que noté, por cierto, bastante escéptico y hasta un poco irónico con el asunto: perdón por manifestar esta impresión, tal vez equivocada, Rector) me devolvió a mi natural opinión sobre las reformas. Pero, en fin, fue un resumen breve y tal vez cargado del subjetivismo de la máxima autoridad de mi Universidad. Y me puse a indagar: han ido saliendo noticias en la prensa, que he ido leyendo, pero, finalmente, me he hecho con el documento de trabajo de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación (aquí no revelaré la fuente, aunque me aseguró que no se trata de un documento reservado ni secreto; igual hasta está en la página web del Ministerio, aunque yo lo he buscado sin encontrarlo), en su versión de presentación de Power Point pasado a PDF (moderno total; y, si alguno de ustedes no sabe lo que es esto, vaya preparándose que le van a dar para el pelo, incluso si sabe mucho de Física teórica, Patología animal, Microcirugía, Historia medieval, Ingenieria de sistemas, Mercados financieros internacionales o Derecho penal). Evidentemente, no se puede hacer aquí una valoración en detalle del documento, que, como siempre, tendrá cosas buenas y malas. Aquí se lo dejo para que lo juzguen. Pero creo que no es precisamente el diseño que va a evitar los defectos del doctorado que he venido señalando. Haré a continuación algunos comentarios.
Por supuesto, en el documento encontramos mucha Bolonia y recomendaciones europeas, verificación, acreditación, formación transversal, competencias, capacidades y destrezas. Nada que nos sorprenda en comparación con las recientes normas sobre estudios universitarios. Una novedad es la recomendación de creación de Escuelas de Doctorado (con ése u otro nombre) en las universidades (en la mía, eso ya estaba más o menos previsto) para la gestión del Doctorado; todo muy bien, se habla incluso, en relación con ellas, de “Profesorado de calidad, programa solvente y organizado” (¡quién no va querer eso!) y se dice que tienen que “crear comunidad científica” e “identidad de grupo y dentro de la comunidad (¡caramba!); la calidad de las escuelas parece derivarse en buena medida de que a su director han de habérsele reconocido tres sexenios de investigación o mérito equivalente y a los coordinadores dos sexenios o haber dirigido al menos tres tesis (algo es algo; hay o ha habido rectores que no podrían ni dirigir ni coordinar la Escuela); se hace hincapié en la internacionalización de las actividades de la Escuela, lo que me parece muy bien.
Positivo me parece el que cada año haya que dar cuenta de las actividades del doctorando y se evalúen. Sin embargo, muy discutible encuentro el que se limite el tiempo de realización de la tesis doctoral a cuatro años (excepcionalmente cinco) desde que se empieza el doctorado, sin contar las bajas por enfermedad, embarazo o voluntarias (seis más dos si a tiempo parcial –así se dice). Y ello porque la duración de la investigación puede depender de diversos factores, entre otros, la dificultad o amplitud del tema, la cantidad de fuentes manejadas, la ambición del doctorando y de su director, etc. Quizá está bien que no se permita un eterno o, al menos, prolongado doctorado a quien no hace nada, pero para controlar eso ya estarían las evaluaciones anuales. Los plazos previstos no son muy dilatados, en especial en relación con la investigación en ciertas ramas del saber, y pueden contribuir a que se trabaje con excesiva presión o recortando aspectos importantes de la investigación para adecuarla al tiempo disponible. Kant, que al parecer no fue ni tonto ni vago y que sigue considerándose uno de los filósofos más influyentes, estuvo once años sin publicar (pero trabajando muy duro y en condiciones de aislamiento casi total) antes de dar a la imprenta su Crítica de la razón pura; al pobre, con el sistema propuesto, no le habría valido de tesis doctoral (y, por supuesto, se habría perdido como mínimo un sexenio de investigación de ser profesor en una universidad española hoy).
El doctorando ya no será un estudiante, sino un investigador en formación, lo que, dicho así, podría no tener demasiada trascendencia, pero es de suponer que va conectado a las previsiones de la próxima Ley de la Ciencia y seguramente será para bien del doctorando, aunque no creo que garantice una mayor calidad en su formación ni en su tesis doctoral. Les dejo a ustedes que lean solos, para no influirles malévolamente, lo dedicado a la formación transversal y específica, pero, por favor, después me cuentan si mejoraran mucho una tesis. Majísimas declaraciones de principios las competencias, capacidades y destrezas (fíjense qué bonita ésta, por ejemplo: “Capacidad de desenvolverse por analogía en contextos en los que hay poca información específica”, o esta otra: “Capacidad de trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar”).
El director de la tesis (vale la codirección, salvo que no beneficie al desarrollo de la tesis) debe ser un investigador doctor con experiencia acreditada (¿experiencia en qué?), y las universidades podrán fijar requisitos adicionales para serlo (sexenios, número máximo de tesis dirigidas, etc.), lo que parece razonable, aunque creo que hallará fuertes resistencias. Eso sí, que quede claro, realizará una “Dirección responsable: Labor de tutorización y dirección reconocida como actividad docente” (y, si no, ¿qué?).
De la tesis se dicen cosas bonitas, aunque sin ninguna concreción, como que “Debe capacitar para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i” o que “La Universidad/Escuela de Doctorado propondrá mecanismos de garantía de calidad. Evaluados en la verificación”, lo que no puede parecer mal a nadie (pero, ¿cuáles?). Y bien está que la Universidad o la Escuela puedan establecer requisitos adicionales, como “publicaciones, prelecturas, etc.”, pero me pregunto por qué, si ello se estima conveniente, no se establece con carácter general (y matizado por ramas del saber) y se deja a la decisión de cada universidad o escuela, lo que puede dar lugar a importantes desigualdades de trato. Bien está la “publicación obligada en repositorio institucional” (¿antes o después de la lectura?), pues la publicidad siempre es buena; en mi Universidad ya se hace, pero me temo que la inmensa mayoría no miramos el “repositorio” (“Lugar donde se guarda algo”) jamás, por mucho que nuestros responsables del doctorado nos informen puntualmente de cada cosa que se “guarda” allí. Y, en fin, se prevé la mención internacional y la europea con requisitos iguales a los actuales de la europea, pero ampliándose el ámbito geográfico, lo cual está muy bien, aunque tampoco garantiza un avance en la calidad de la tesis. Por otra parte, la mayor parte de estas declaraciones ya están recogidas en el Real Decreto 1393/2007 (véanse sus arts. 21 y 22).
Mi Rector dijo en el Consejo de Gobierno cosas que no están en el documento y que no me gustaron nada, pero, como puede que respondieran a valoraciones subjetivas suyas, me las callo.
Como se ve, ni una palabra sobre cómo se nombrarán los tribunales de tesis, qué calificaciones serán posibles (aunque es de esperar que se mantengan las actuales: a ver si empezamos de una vez a darles juego) y qué valor especial (profesional, social) tendrá el título de Doctor, por ceñirme a algunos aspectos que me parecían de verdad importantes para garantizar un doctorado de calidad y reconocedor del distinto mérito de cada cual. Se dirá que se trata de un documento inicial (aunque el calendario que en él se prevé indica prisas por aprobar la reforma), que hay que mejorar, perfilar y concretar. Puede ser, pero es que, sin dudar de la buena intención del documento, más allá del recorte temporal de la duración de los estudios (que ya he valorado como de dudosa bondad), poco concreto encontramos en él: muchas declaraciones genéricas (algunas de aplastante obviedad) y parole, parole, parole. Creo que el documento olvida lo más importante.
Mi conclusión de todo lo anterior se puede resumir, parafraseando a alguien que obró en circunstancias difíciles que todos conocemos, así: el verdadero doctorado de calidad ni está ni se le espera. ¡Ojalá me equivoque!
****
P.S. A la vuelta de un viaje, una semana después de escribir esta entrada y su primera parte de la semana pasada, leo en la prensa que el borrador de Decreto que regulará los estudios de Doctorado prevé limitar el número de posibles menciones "cum laude" en cada universidad, requiriendo unanimidad, pero, al parecer, dejando la regulación de los detalles a las universidades. Anticipo que la medida me parece muy discutible, pero prefiero esperar a ver el borrador de Decreto completo para comentar éste y espero que otros aspectos de su contenido.

3 comentarios:

  1. Con "el rollo de Bolonia" ya se intuía que lo que se quería era hacer de la universidad era una "nueva formación profesional". Y creo que lo confirma el que se quieran hacer Escuelas de doctorado. Además el sistema es tan perverso que será muy dificil independizarte como investigador, porque siempre tiene que haber un "supervisor" con X sexenios. No me gusta nada este sistema y espero que no nos lo cuelen de tapadillo como lo de Bolonia

    ResponderEliminar
  2. La limitación de tiempo es razonable - si se deja un mecanismo para acoger excepciones.

    Sobre la inflación del cum laude, poco que añadir. Ha perdido completamente su sentido, y los primeros que deberían estar cabreados son los que dirigen o defienden tesis que verdaderamente aspiran al cum laude.

    Yo añadiría una regla idiota - la prohibición de hacer el doctorado en la comunidad autónoma donde el candidato a doctor se ha licenciado, y en las geográficamente colindantes.

    Salud,

    ResponderEliminar
  3. Me parece muy censurable lo del límite del tiempo a 4 años. Por un lado, hay tesis que requieren más tiempo que otras, sencillamente porque el tema objeto de estudio es más amplio y complejo. Por otro lado, no todos los doctorandos están en los mismos grupos de investigación. Algunos pueden hacer su trabajo en condiciones, pero otros están sobrecargados con un sin fin de cuestiones... para estos pobres ¿se les va a descontar el tiempo que han dedicado al "mamoneo" universitario?
    Si esta norma prospera, las tesis buenas, las originales y profundas se habrán terminado para la mayor parte de los investigadores. Un chico que comienza con 21 años, ¿debe acabar con 25 años su tesis? ¿Es normal este plazo? ¿hay madurez para ello? ¿ no se requiere un tiempo más amplio de formación general? ¿además de la tesis han de hacer más cursos para luego acreditarse? ¿algún mérito más?

    Esta nueva normativa, como toda la que se está llevando a cabo, es una improvisación lamentable que, de prosperar, será terrible para la investigación en España.

    Sigamos involucionando.

    PD: Lo de la dispersión geográfica pasa en Alemania. También allí pasa que sólo adquieren la cátedra aquellos que son llamados y no los acreditados, o colocados por tribunales de amigos, etc. Cuando en España las cosas cambien, haremos lo de la dispersión geográfica, válida también, y por cierto, para el resto del Profesorado funcionario (véase la regla "no serás jamás catedrático en la Universidad donde fuiste profesor titular" por eso de evitar corruptelas varias y chiringuitos propios).

    ResponderEliminar