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lunes, 15 de marzo de 2010

EL OCASO DE LA ACREDITACIÓN FORMALISTA (II). La ANECA soberana y los 2002 indios. Por Jacobo Dopico Gómez-Aller

Una de las claves del sistema formal de acreditación es la existencia de una escala de valoración clara y cognoscible por los profesores que solicitan la acreditación. Sin ese baremo, el sistema formal pierde su base de garantía y resulta aún más perverso que cualquier antigua comisión evaluadora: se evalúa al profesorado a ojo de buen cubero, sin control, sin conocimiento de los evaluadores y con total falta de transparencia. Y recurra usted al maestro armero.
El Real Decreto 1312/2007, que asigna a la ANECA la función de evaluación de los profesores en el sistema de Acreditación Nacional, se la atribuye con base en unos criterios de evaluación y unos baremos contenidos en su Anexo (disponible aquí). Esto implica varias cosas:
- La potestad para evaluar está ineludiblemente condicionada a esos criterios y a ese baremo. La ANECA no recibe por un lado la potestad de evaluar y por otro unas sugerencias de evaluación. Por el contrario, sólo está autorizada a ejercer esa potestad en la medida en que siga esos parámetros (arts. 12 y 13: “los méritos… SE VALORARÁN DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS QUE FIGURAN EN EL ANEXO”; similar en la Disposición Adicional primera, punto 2)
- Frente a los administrados, esta vinculación es el camino para “garantizar la necesaria transparencia y objetividad en el desarrollo del proceso” (exposición de motivos).
Así, por ejemplo, para los profesores titulares, el baremo establecido por el RD 1312/2007 es el siguiente:

O sea: que la ANECA no actúa soberanamente, sino que ejerce legítimamente las funciones que se le han asignado en la medida en que se ajuste a los requisitos de la norma que le habilita a ejercerlas.
Seguimos: resulta que, además, la ANECA publica desde hace tiempo un documento llamado “Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación”. En ese documento (págs. 79 y siguientes), la ANECA anuncia a los administrados cómo va a valorar cada uno de esos méritos, concretando cómo se distribuyen esos puntos (“Tabla orientativa de puntuaciones máximas”). Por seguir con el ejemplo de los profesores titulares, ahora limitándolo al área de CC. Sociales y Jurídicas:

Así que:
a) En un primer nivel, la ANECA recibe un mandato de evaluación limitado por un baremo y unos criterios. En la medida en que no los siga, actuará fuera de su habilitación.
b) Posteriormente, en sus “Principios y orientaciones”, la ANECA opta por concretar esos baremos. En la medida en que se separe de esa concreción, actuará contra actos propios, en concreto con los módulos de evaluación que ha anunciado a los administrados y en los que éstos han de poder confiar.

Ahora imagínense que en la motivación de una evaluación se rechaza la acreditación de alguien porque:
1. Carece de experiencia en gestión académica. ¡Pero eso sólo explica la ausencia de CINCO PUNTOS de un total de CIEN, según el baremo del RD 1312/2007!
2. Sus estancias de investigación en el extranjero son predoctorales y no posdoctorales. En primer lugar, ese criterio de discriminación no aparece en ningún sitio, por lo que no es cognoscible por el administrado; pero es que, además, eso sólo podría afectar a un núcleo de TRES puntos (y nunca podría puntuar esa casilla con un CERO, porque el que las estancias sean predoctorales podrá, A LO SUMO –y es dudoso- reducir la intensidad de la valoración del mérito, pero nunca excluirlo).
3. Porque no tiene textos docentes, y sólo tiene publicaciones de investigación. Más allá de lo irracional de la limitación, centrémonos en el baremo: Los textos docentes ocupan, junto con otros méritos, una casilla de 7 puntos: por pura lógica, la ausencia de ese mérito nunca podría reducir más de 7 puntos.
4. Porque no ha dirigido tesis doctorales. Independientemente del absurdo de pretender de modo general que los profesores ayudantes o contratados doctores hayan dirigido tesis doctorales como requisito para acceder a la titularidad, según el baremo la ausencia de ese mérito sólo podría restar alguna puntuación dentro de un marco de cinco puntos. Y no toda, claro, porque esos cinco puntos se alcanzan con la dirección de proyectos de fin de carrera, trabajos de doctorado… y tesis doctorales.
5. Porque no ha sido Investigador Principal de proyectos de investigación obtenidos en convocatorias competitivas. De nuevo el absurdo: ¿se requiere de verdad que un ayudante o un contratado doctor sea IP en proyectos de investigación? Pero, de nuevo volviendo a su propio baremo: en el apartado de participación en proyectos de investigación, el objeto principal de valoración es ese: la PARTICIPACIÓN. La DIRECCIÓN del proyecto es un mérito adicional, que será parcialmente valorado en el apartado “Proyectos de investigación” y parcialmente en el de gestión y administración, como se deduce con claridad del documento de “Principios y orientaciones” (pág. 25); su ausencia no puede restar prácticamente puntos para una acreditación a profesor titular.
Estas intolerables respuestas son lamentablemente frecuentes; podríamos dedicar un próximo post al mecanismo perverso que genera estos efectos absurdos (sobre el que amablemente me ha ilustrado algún evaluador), pero hoy nos limitaremos a esta breve explicación y a abrir el debate.
En cualquier caso, todo esto nos debe llevar a reflexionar uno de los problemas fundamentales del sistema de acreditación actual: su carácter formal busca ser garantista y aportar seguridad jurídica, pero en realidad encierra un modelo de inseguridad jurídica, que deja al administrado en la mayor de las indefensiones ante posibles (y muy reales) decisiones arbitrarias.
La ANECA primero nos da una valoración exactísima: por haber sido decano o vicerrector, se pueden dar hasta CINCO puntos. Pero luego actúa “a ojímetro” y le dice al administrado: “usted tiene unos cincuenta y nueve puntos sobre cien, porque no ha sido decano ni vicerrector y porque sus estancias en el extranjero son predoctorales”.
Todo esto recuerda aquel viejo y malísimo chiste del vigía del fuerte que grita “¡Que vienen los indios!”. El coronel le pregunta cuántos vienen, y el vigía contesta “2002”. El coronel, sorprendido, le pregunta cómo ha llegado a un cómputo tan exacto. El vigía contesta: “Porque delante vienen dos y, detrás, unos dos mil”.

11 comentarios:

  1. Ahí va un ejemplito: aspirante a TU, en la resolución desfavorable le puntúan con 60 puntos y le dicen que: su investigación está en la media del área y su docencia es excelente, pero que queda desacreditado por:

    a) no haber sido principal en proyectos
    b) no haber desarrollado actividad profesional ajena a la universidad y
    c) no haberse implicado en las actividades de gestión

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  2. Otro ejemplo para TU, en CC Sociales y JURIDICAS:

    -No alcanza suficientes publicaciones con dos monografías como autor único.., varios capítulos de libros y artículos en revistas.
    - Ha impartido pocas confesrencia ¿quién invita a un contratado doctor?
    - Procure asumir más responsabilidades en la gestión de proyectos
    - No ha dirigido DEAS ni TESIS DOCTORALES
    - Formación: premio doctorado, becas FPI y FulBright... Tres años en el extranjero---Pero.. debe continuar "en este esfuerzo"
    - Es aconsejable que imparta otras materias troncales en el pregrado....
    (sí, pregrado)
    -No posee gestión universitaria...
    - Fuera de la actividad docente " no presenta otras de tipo profesional".

    ¿inseguridad jurídica? Pues sí, y mucha.
    ¿indefensión? Pues, más!!!

    Lo peor.. que ni siquiera responden a las reclamaciones, recursos, emails... etc...

    Todo un disparate...

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  3. Todo lo escrito es igualmente aplicable al caso de la acreditación de Cátedra en la que la asignación de puntos por la actividad investigadora se satura con la evaluación positiva de cuatro tramos de investigación.

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  4. Debe acabarse cuanto antes con esta burda y gosera tomadura de pelo: es necesaria una rebelión en toda regla contra tanta arbitrariedad vestida de objetividad, que después de menos de dos años no se la cree ni ANECA. Muchos vocales de bastantes comisiones no pasarían la acreditación. No basta con quejas en páginas web, blogs y pasillos acedémicos...¡ Rebelión ya !

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  5. Just for the record:

    Yo SÍ estoy a favor de un sistema de acreditación.

    Creo que es imprescindible y supone una limitación al poder de los departamentos y comisiones.

    Y no tengo problemas personales con ANECA: me he ido acreditando en ANECA a la primera de todo lo que me ha tocado desde 2004. Precisamente por eso tengo cierto conocimiento del sistema.

    En resumen: que mi posición no es un ajuste de cuentas. Es la crítica cívica de un profesor de a pie, FAVORABLE al sistema de acreditación.

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  6. Yo también estoy de acuerdo con el sistema de acreditación, por lo menos se asegura un mínimo de méritos entre competidores a una plaza. Porque ya sabemos todos las "oposiciones" que se están haciendo en muchas universidades.

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  7. Es kafkiano e inhumano por lo burocrático. Es estupendo en teoría por la supuesta objetividad, pero en la práctica fomenta la INGENIERIA CURRICULAR, hay que rellenar todas las casillas para no perder puntos: estancias, puestos de gestión docente (si es que los consigue un interino), publicaciones docentes, dirección de Tesis (si te dejan), dirección de Proyectos de Investigacion (si no figura un catedratico para poder conseguir el proyecto).
    El reino de la burocracia y de la APARIENCIA.
    Seguro que Einstein no se acreditaría jamás ni siquiera de Titular.

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  8. Lo más triste es que todos sabemos que muchos de los evaluadores a la edad de conseguir su plaza de titular no tenían ni la mitad de cosas que piden ahora (artículos, estancias, direcciones de tesis y un largo etcétera). ¿Nos toman por tontos? ¿No les da vergüenza? Cuando no te falta una cosa te falta otra. Habría que verles a ellos si les hubieran hecho lo mismo. La universidad española, sobre todo en ciencias sociales, está llena de carcas con escasa preparación pedagógica e investigadora y se han dado cuenta tarde y estamos pagando el pato los demás. ¡Pero lo más gordo es que encima les ponen a ellos a evaluar!

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  9. La pregunta clave, por tanto, es: ¿Quién evalua a los evaluadores?

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  10. Yo soy favorable a un sistema de acreditación, pero no a éste, donde lo que prima no es tu CV sino otros aspectos. Y lo digo, habiendo sido acreditada a la primera en todas las figuras a las que me he presentado. Lo mismo considero del sistema de habilitación, a la que también me presenté y donde algunos miembros tenían menos CV que prácticamente la totalidad de los concursantes. Es un cachondeo... y ahora qué? dicen que el sistema de acreditación de la aneca va a desaparecer y volver al de habilitación.. que nos pillen confesados

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  11. Mi caso es singular. Presenté la acreditación como catedrática de universidad, y la comisión de acreditación me la ha denegados con los dos informes de expertos muy favorables. Una de las razones que aduce la comisión para denegarme la acreditación es que, aunque mis publicaciones son de calidad, extensas y publicadas en revistas y editoriales con un elevado índice de impacto, publico un número "excesivamente alto" de artículos en una revista y en una editorial, que de forma sorprendente ocupan un puesto destacado en el ranking elaborado por SPI. Concretamente, la revista a que hace referencia es la segunda revista de impacto en su área de conocimiento. Acabo de formular alegaciones y sé que no tengo apenas posibilidades, pero es importante que se conozca la arbitrariedad en que incurren las comisiones de acreditación. En mi caso concreto, la comisión que me evaluó y desatendió el informe de expertos no contaba con ningún catedrático en mi área de conocimiento.

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